“Artículo 27º.- El Directorio estará compuesto por siete miembros, que se elegirán, cada tres años, en sesión ordinaria de la Asamblea General, constituida válidamente de acuerdo a las citaciones, quórum y demás reglas contenidas en estos estatutos. Para la mencionada elección se debe conformar un tribunal calificador de elecciones (TRICEL) compuesto por tres miembros activos y que hayan participado en el último año en el Comité científico SOCHERGO y/o en la comisión de certificación (OCECH).
La elección se debe realizar por una o varias listas de postulantes, quienes deben presentar un programa de trabajo para ejecutar en el periodo que sean elegidos. El equipo de trabajo propuesto debe considerar pluralidad en la formación de base de sus integrantes y al menos un miembro del anterior directorio para asegurar continuidad”. (Estatuto SOCHERGO 2020)
“Somos una corporación de derecho privado sin fines de lucro, que representa y agrupa a ergónomas y ergónomos en Chile. Fomentamos el trabajo interdisciplinario, desarrollo de conocimiento, investigación, estudio, difusión y aplicación de ergonomía de calidad, velando además por el correcto ejercicio profesional y bienestar de sus miembros”